El Congreso aprueba este martes la nueva ley de lucha contra el fraude fiscal

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El Congreso prevé aprobar este martes la nueva de norma de lucha contra el fraude fiscal, después de que el proyecto de ley empezara el pasado octubre su andadura parlamentaria. Tras este paso saltará al Senado para concluir su tramitación. En el texto que ha salido de la cámara baja se han incluido varias de las enmiendas propuestas, entre ellas la que permite a la Agencia Tributaria realizar inspecciones por sorpresa, un asunto que había sido cuestionado por los tribunales.

El Supremo falló a finales de 2020 que Hacienda no puede pedir el registro de un domicilio, privado o de una empresa, sin notificarlo previamente al contribuyente. La sentencia causó preocupación en la Agencia Tributaria. El mismo director del organismo, Jesús Gascón, defendió en noviembre en el Congreso que esta limitación ponía en entredicho la efectividad de las inspecciones por sorpresa, ya que avisar con antelación puede causar destrucción de pruebas. Aun así, Gascón reconoció que existe un “choque de derechos”, ya que la Constitución reconoce la inviolabilidad del domicilio. “Lo que ha hecho el Supremo es poner el problema encima de la mesa”, dijo.

En realidad, siempre hay que notificar el inicio de una comprobación al afectado, aunque no se haga con antelación, y la entrada en domicilio se puede efectuar solo si el contribuyente está de acuerdo o con autorización judicial. En su fallo, el Supremo ponía el foco sobre los jueces, al determinar que no pueden autorizar un registro solo “para ver qué se encuentra” Hacienda.

Ahora, una enmienda del PSOE a la nueva norma blinda estas inspecciones sorpresa a través de una modificación de la Ley General Tributaria. El cambio establece que la solicitud de autorización judicial para el registro “deberá estar debidamente justificada y motivar la finalidad, necesidad y proporcionalidad de dicha entrada”. Y añade que, “tanto la solicitud como la concesión de la autorización judicial podrán practicarse, aun con carácter previo al inicio formal del correspondiente procedimiento”, si el acuerdo de entrada incluye información como “la identificación del obligado tributario, los conceptos y períodos que van a ser objeto de comprobación y se aporten al órgano judicial”.

El PSOE ha logrado la inclusión de todas sus enmiendas con el respaldo en todo momento de Unidas Podemos, el PNV, que vio incluidas casi todas sus enmiendas a la ley, y el Partido Regionalista Cántabro (PRC), según informa Europa Press. Otras formaciones como el PP, Cs o el PDeCAT también han logrado incluir algunas de sus propuestas y, salvo Vox, no se espera que ninguna otra formación se oponga a la nueva norma, que saldrá hacia el Senado con enmiendas del PP, Ciudadanos, PNV y PDeCAT.

Estas formaciones habían exigido al Gobierno rebajar las exigencias a los representantes aduaneros, ya que la norma establecía que respondieran como responsables subsidiarios sobre el IVA a la importación y otros impuestos asociados mediante unas garantías financieras durante cuatro años desde el despacho de las mercancías. El mismo Consejo General de Agentes de Aduanas alertó de que este cambio causaría pérdida de empleos y un potencial desplazamiento de la actividad aduanera a otros países de la UE.

Entre los cambios introducidos destacan los relativos al régimen fiscal de las socimis y las sicav. En el caso de las socimis, sociedades especializadas en inversiones inmobiliarias, se ha incluido una enmienda que las obligará a tributar el 15% de sus beneficios no distribuidos. En el caso de las sicavs, “se establecen requisitos adicionales” para que puedan tributar al 1%. Actualmente, para beneficiarse de esta modalidad, hacía falta que el número de accionistas fuera de 100 socios, sin que se les exigiera una inversión mínima a cada uno de ellos.

Ahora, se fija un umbral mínimo de inversión de 2.500 euros, 12.500 en el caso de una sicav por compartimentos. La Agencia Tributaria es la encargada de comprobar que se cumplen estos requisitos. La norma prevé además un régimen transitorio “para las sicav que acuerden su disolución y liquidación”, de manera que sus socios “puedan trasladar su inversión a otras instituciones de inversión colectiva que cumplan los requisitos para mantener el tipo de gravamen del 1%”.

El PSOE ha modificado también el impuesto de sucesiones y donaciones de cara a la valoración del catastro cuando la Agencia Tributaria solicite su participación ante alegaciones del contribuyente o reclamaciones. El informe de la Dirección General del Catastro será “preceptivo y vinculante”, y el organismo también emitirá un informe preceptivo, “corrigiendo o ratificando el valor de referencia, cuando lo solicite la Administración tributaria”, motivado “mediante la expresión de la resolución de la que traiga causa, así como de los módulos de valor medio, factores de minoración y demás elementos precisos para su determinación aprobados en dicha resolución”.

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