Ley de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global

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El día 22 de febrero de 2022 entraba en vigor la ley que tiene como objeto la regulación del régimen jurídico de la política española de cooperación para el desarrollo sostenible y la solidaridad global.

La política de cooperación para el desarrollo sostenible es aquella que define los principios, objetivos, prioridades, instrumentos y recursos que España despliega, como política pública, a través de su acción exterior para contribuir, de manera coherente y en todas sus dimensiones, a las metas globales de desarrollo sostenible establecidas por las Naciones Unidas, en la actualidad la Agenda 2030, la Agenda de Financiación del Desarrollo Sostenible, la Alianza Global para la Cooperación Eficaz al Desarrollo, el Acuerdo de París en el ámbito climático, la Unión Europea y otras instancias multilaterales, y la estrategia española de desarrollo sostenible en su dimensión exterior.

Se configura como un elemento integral, central y definitorio de la Acción Exterior del Estado que se implementa a través de la política bilateral, europea y multilateral de España, de otras formas de asociación entre actores públicos y privados y de iniciativa social en materia de desarrollo sostenible, a fin de que el conjunto de las políticas públicas y la actuación del sector privado contribuyan positivamente y de manera coherente al desarrollo sostenible en los países socios y aseguren los bienes públicos globales.

Atención: En cumplimiento de los compromisos multilaterales y de los acuerdos adoptados en el seno de la Unión Europea, España destinará, al menos, el 0,7 % de la renta nacional bruta (en adelante, RNB) a la AOD, conforme a los criterios contables acordados en el seno de la OCDE, en el horizonte del año 2030, con objetivos intermedios fijados a través de los Planes Directores de la Cooperación Española.

Principios

La política española de cooperación para el desarrollo sostenible se inspira en los valores superiores de la Constitución Española, comparte los principios y valores sobre los que se asienta la Unión Europea y orientan su política exterior, así como los principios de la Carta de Naciones Unidas y el Derecho Internacional. Asimismo, contribuye a la protección y promoción de los derechos reconocidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos y en los principales tratados internacionales sobre derechos humanos y expresa también la solidaridad del pueblo español con las personas y naciones más desfavorecidas.

Se destaca que España se compromete a incorporar los objetivos de la cooperación para el desarrollo sostenible, con un enfoque de la administración en su conjunto, en todas las políticas internas y externas que aplique y que puedan tener repercusiones en los países en desarrollo y en el desarrollo sostenible global, en particular en el marco de la acción exterior de la Unión Europea y española.

Se trabajará con las comunidades autónomas y los entes locales desde el respeto a las competencias y capacidades de cada actor, así como en la Unión Europea y en los foros internacionales, para fomentar la CPDS en todos los ámbitos; se fortalecerá el diálogo con los países socios en este ámbito, y se prestará apoyo a sus esfuerzos para garantizar la coherencia de sus políticas en favor del desarrollo sostenible.

Planificación, seguimiento y evaluación de la cooperación española para el desarrollo sostenible

Conforman el marco general de la planificación y dirección estratégica de la política de cooperación española para el desarrollo sostenible:

los objetivos y metas de desarrollo sostenible acordados en Naciones Unidas y otros marcos multilaterales;
la política de desarrollo de la Unión Europea;
la estrategia española de acción exterior,
y las que se adopten en materia de desarrollo sostenible y su financiación, y lucha contra el cambio climático.

La planificación estratégica se articula a través de los siguientes instrumentos: el Plan Director de la política de cooperación para el desarrollo sostenible; los Marcos de Asociación y Alianzas País para el desarrollo sostenible; los Marcos de Asociación Estratégica Multilateral; las Estrategias temáticas y regionales para el desarrollo sostenible; y las Comunicaciones Anuales.

El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, elaborará, conjuntamente con el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital y con la participación de otros departamentos ministeriales, una estrategia específica de política multilateral para el desarrollo, en el marco del Plan Director y de la planificación de la acción multilateral del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.

A partir de esa estrategia, podrán acordarse Marcos de Asociación Estratégica Multilateral con aquellos organismos internacionales financieros y no financieros identificados como prioritarios.

A su vez, la cooperación española establecerá un sistema de seguimiento de las acciones de la Administración General del Estado con el fin de asegurar una adecuada gestión del ciclo de las actuaciones y de sus resultados.

El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, a través de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional, será la responsable de la evaluación de la política de cooperación para el desarrollo sostenible de la Administración General del Estado y organismos dependientes en su conjunto, y de los programas y proyectos financiados con fondos de la Administración General del Estado.

Atención: Dicha Secretaría de Estado pondrá a disposición del resto de agentes y de la ciudadanía la información relativa a dicha evaluación, cuyos principales elementos y conclusiones, incluyendo la respuesta de la administración, serán públicos y accesibles, y se incluirán en el Informe Anual de Evaluación que se presente a las Comisiones de Cooperación Internacional para el Desarrollo del Congreso de los Diputados y del Senado.

Instrumentos y modalidades

La cooperación española combinará la utilización de diferentes instrumentos y modalidades para responder los compromisos de España con la Agenda de Financiación para el Desarrollo, y en concreto, a la realidad y al diálogo de políticas con el país socio y a los partenariados y alianzas con múltiples actores, con el objetivo de lograr el mayor impacto y efectividad en el desarrollo sostenible.

Atención: El uso de distintos instrumentos buscará, cuando sea posible, el apalancamiento de recursos adicionales, públicos y privados, con el objetivo de mejorar el apoyo técnico y de conocimiento y la financiación para el desarrollo de los países socios.

La cooperación española utilizará, entre otros, los siguientes instrumentos o modalidades:

a. Ayuda programática a los países socios.
b. Proyectos y programas.
c. Cooperación técnica.
d. Cooperación multilateral.
e. Cooperación financiera para el desarrollo sostenible.
f. Participación en los instrumentos de la Unión Europea, incluida la cooperación delegada.
g. Alivio de deuda.
h. Cooperación triangular.
i. Alianzas estratégicas de múltiples actores.
j. Generación y transferencia de conocimiento.
k. Cooperación cultural.
l. Cooperación bilateral.

Acciones públicas complementarias de la cooperación para el desarrollo sostenible

La Educación para el desarrollo sostenible y la ciudadanía global comprende las acciones de educación, sensibilización y comunicación a través de los medios de comunicación y la educación formal, desde la etapa infantil hasta la universitaria, en la no formal y en la informal, de acuerdo con la legislación aplicable en la materia. Su objetivo es promover en la sociedad española la información, el conocimiento crítico y la comprensión de las dimensiones globales del desarrollo sostenible y la solidaridad.

Además, las Administraciones públicas promoverán el fomento del voluntariado y la participación de la sociedad española en las iniciativas a favor de la solidaridad y la justicia global, en apoyo de la acción humanitaria y la cooperación para el desarrollo sostenible global y las iniciativas de comercio justo, a través de las actividades educativas, de campañas de información y divulgación, programas formativos y demás medios que se estimen apropiados para tal fin.

Conforme a la legislación sobre Voluntariado, dichas campañas podrán realizarse tanto en España como en países o territorios receptores de cooperación al desarrollo o en cualquier país donde existan necesidades humanitarias, sin perjuicio de las actividades realizadas en este ámbito por el personal cooperante.

Atención: España, en cumplimiento de sus compromisos internacionales, destinará al menos el 10 % de los recursos de la AOD a la acción humanitaria. La acción humanitaria puede ser llevada a cabo por las Administraciones públicas directamente o bien a través de organizaciones humanitarias imparciales, otras organizaciones no gubernamentales, y organizaciones internacionales, en particular del sistema de Naciones Unidas y del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y la Media Luna Roja. También podrá ser llevada a cabo por empresas privadas contratadas al efecto por dichos actores.

La cooperación financiera para el desarrollo sostenible

El objeto de la cooperación financiera para el desarrollo sostenible es responder a los retos de la financiación global del desarrollo conforme a los acuerdos y metas establecidos en Naciones Unidas, en otros marcos multilaterales y en la Unión Europea.

En el marco de la política española de cooperación para el desarrollo sostenible, corresponde al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, a través de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional, la dirección de la cooperación financiera para el desarrollo sostenible, y se asegurará la participación de los ministerios y organismos que reglamentariamente se determine en su gestión, siempre de acuerdo con los principios generales de las relaciones interadministrativas recogidos en el artículo 140 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Por último, se destaca que se crea el fondo carente de personalidad jurídica propia llamado Fondo Español de Desarrollo Sostenible (en adelante, FEDES, F.C.P.J.), como instrumento de la cooperación financiera para el desarrollo sostenible.

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